Pisos turísticos: Por unanimidad comunitaria.
1 de diciembre de 2017

Los pisos turísticos ilegales se han convertido en un convertido en un problema de primer orden, pero el Gobierno Vasco confía en haber dado con la tecla para frenar el fraude mediante la elaboración de un decreto que entraré en vigor en marzo de 2018 y que regulará al detalle el ejercicio de esta actividad, garantizando, tanto los derechos de los usuarios como de los vecinos de la comunidad. De hecho, las propias comunidades de residentes tendrán un protagonismo fundamental ya que podrán incluir en sus estatutos una prohibición expresa a que se implanten estos negocios en sus portales.

Esta medida sólo tendrá efectos sobre actividades futuras, ya que como se ha comentado anteriormente, esta decisión deberá incluirse en los estatutos de la comunidad y aprobarse por unanimidad de los propietarios, con lo que será difícil que apoye esta medida quien ya desarrolla esta modalidad de alojamiento con los papeles en regla. Además. el acuerdo vecinal debe de estar inscrito en el Registro de la Propiedad, de la misma forma que se hace para impedir la apertura de otros negocios como puede ser una academia.

Las claves del nuevo decreto

Identificación:
Este alojamiento debe de disponer de un distintivo que demuestre que cumple con todas las condiciones exigibles. También debe de incluir su número de inscripción en el registro del Gobierno Vasco, en todas sus documentos, facturas y promociones, incluidas las gestionadas a través de las redes sociales o plataformas de Internet. Los ayuntamientos son los que deben de determinar, por ejemplo, si solo se puede habilitar una vivienda turística por portal, o si sólo se pueden abrirse en las primeras plantas.

Impuestos:
El decreto regulador exigirá a estos alojamientos que cumplan con sus obligaciones tributarias como empresa turística encuadrada dentro de una actividad clasificada.

Registro:
Es obligado realizar un registro documental de entradas y salidas de clientes a disposición de la Policía en materia de seguridad ciudadana.

Habitaciones:
Una viviendas por habitaciones puede tener un máximo de 12 plazas, que incluyen las de los propietarios, obligados a residir allí de forma efectiva.

Equipamiento:
Amueblado con suficientes garantías de confort, deberá de disponer de extintor, botiquín, planos de salidas y contactos de emergencia, servicio telefónico de 8 a 20 horas......

Seguros:
Cada titular deberá de firmar un seguro de responsabilidad civil que cubra daños por valor de 6.000,00 € por cada plaza que tenga disponible.

Plazos:
Los dueños de los pisos turísticos ya inscritos en el registro tendrán un plazo de seis meses para adaptarse a las exigencias del nuevo decreto del Gobierno Vasco.




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